Temática central: RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS CONOCIMIENTOS Y MANIFESTACIONES CULTURALES Y/O CIENTÍFICAS INDÍGENAS.
La protección de los conocimientos tradicionales, expresiones culturales y manifestaciones científicas de los pueblos originarios es objeto de debates y proyectos permanentes en escenarios nacionales como internacionales, desde la promulgación del convenio 169 de la OIT (1989) hasta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). Según esta declaración, cada Estado adoptará medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos (art.31)[1]. Así, del 24 al 26 de julio de 2009, se realizó en Vinto (Cochabamba) la Cumbre Andina de Representantes Indígenas sobre Conocimientos Tradicionales y Expresiones Culturales, con el objetivo de establecer una normativa andina frente al régimen internacional de registros y patentes planteados por organismos internacionales como la Organización Mundial del Comercio o la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Este número de TEXTOS ANTROPOLÓGICOS (Área Antropología) tiene como objetivo analizar y reflexionar sobre las múltiples dimensiones y problemáticas que implica la Protección de los conocimientos y manifestaciones científicas indígenas, en torno a las siguientes preguntas:
- Avances y limitaciones del reconocimiento legal de los conocimientos y manifestaciones científicas indígenas, a nivel nacional e internacional
- Defensa de los conocimientos y manifestaciones científicas indígenas frente a las presiones de las empresas transnacionales sobre recursos genéticos, entre otras
- Derechos de propiedad y mercantilización de los conocimientos
- Fundamentos epistemológicos mediante los cuales los conocimientos pueden ser considerados como conocimientos científicos
- Rol y responsabilidad de las organizaciones indígenas, del Estado, del sector empresarial y de la antropología en la difusión de los conocimientos de los pueblos originarios
- Investigación y educación en el proceso de reconocimiento y protección de los conocimientos y ciencias indígenas
- Otros
Estos temas son guías generales para orientar la reflexión y el debate, no constituyen un marco limitante, pues toda contribución sobre el tema será bienvenida.
| La revista TEXTOS ANTROPOLÓGICOS se compone de las siguientes secciones: - Análisis y estudios (temática central) - Ensayos - Avances de investigación - Reseñas bibliográficas - Noticias Se recibirá contribuciones para todas las secciones. |
Parámetros editoriales
Se publicará solamente aquellos manuscritos que sean entregados, revisados, y aceptados por el Comité Editor. El Comité Editor avisará a los autores de la aceptación o rechazo de sus manuscritos en un plazo no mayor a dos meses de concluida la convocatoria. Se recibirán artículos en español e idiomas oficiales de Bolivia. Los manuscritos deberán presentarse de acuerdo a los parámetros editoriales que se indican a continuación.
1.- Calidad de los manuscritos.
El Comité Editor de Textos Antropológicos es responsable de la calidad de los artículos publicados, para lo cual realizarán revisiones de contenido, formales, estilísticas y editoriales de los mismos. Estas revisiones contaran con la participación de revisores especialistas que conformarán el Comité de Lectura.
2.- Estructura básica de los manuscritos.
a) Texto: deberá estar escrito en Ms. Word (2000 en adelante), rigurosamente en un máximo de 40 páginas (incluyendo referencias citadas, tablas y figuras). Presentado con tamaño de letra 12, espaciado de 1.5, hojas numeradas de tamaño carta (18.59 x 27.94 cm) con márgenes de 2.5 cm en todos los lados. En forma excepcional se publicará artículos o reportes de mayor extensión de acuerdo a la decisión del Comité Editor.
b) El contenido del manuscrito deberá incluir: título (en español e inglés), resumen (en español y su correspondiente traducción al inglés), desarrollo, agradecimientos, referencias citadas y notas al final. Preferentemente, el desarrollo debería incluir introducción, problemática, marco teórico, metodología, resultados, discusión y conclusiones.
c) Los manuscritos deberán estar escritos en español u otros idiomas oficiales. En casos excepcionales y mediante una solicitud previa, los editores podrán proceder a la traducción de manuscritos escritos en inglés.
d) Tablas: deberán encuadrarse en una caja máxima de 22 x 15 cm y estar en formato Ms. Word o Ms. Excel.
e) Figuras: En los casos de fotografías, deberán tener calidad adecuada para publicarse. Todas las figuras deberán tener una leyenda claramente identificable.
3.- Pautas editoriales.
El Comité Editor ha optado por utilizar estrictamente el estilo de la revista Latin American Antiquity como modelo de publicación antropológica debido al carácter específico de estas normas y su manejo cotidiano en el ámbito académico particularmente en relación a las referencias, abreviaturas y unidades de medida permitidas (disponibles en www.saa.org).
4.- Presentación del manuscrito.
Deberá remitirse un manuscrito original, y una versión digital en programa Ms. Word (versión 2000 o posteriores), no se aceptarán archivos en sistema Macintosh u otro.
5.- Direcciones.
Los manuscritos pueden remitirse a los miembros del Comité Editor a través del correo electrónico siguiente: Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla
Las versiones finales y documentación gráfica deberán enviarse por Correo Postal o personalmente a la dirección presentada a continuación:
Dirección de las Carreras de Antropología y Arqueología
Facultad de Ciencias Sociales
Universidad Mayor de San Andrés
Av. Villazón No. 1995
Edificio de Ciencias Sociales, 1er Piso
La Paz, Bolivia
Telf.2442228
Plazo para la presentación de propuestas de artículos para su publicación
15 de diciembre del 2009[1] Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Artículo 31.-
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.
2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.





